jueves, 7 de noviembre de 2013

INADECUADA, SENTENCIA QUE LIBERÓ A CARO QUINTERO: SCJN




La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia de amparo que en agosto dejó en libertad al fundador del extinto Cártel de Guadalajara, Rafael Caro Quintero, al considerar que no fue adecuada.
El capo de Guadalajara fue condenado, el 3 junio del 2009, a 40 años de prisión por la comisión de varios delitos, entre ellos faltas en contra de la salud relacionadas con el cultivo y tráfico de marihuana, así como por el secuestro y asesinato del ex agente de la Agencia Antidrogas de Estados Unidos (DEA, por su sigla en inglés), Enrique Camarena, así como por el homicidio del piloto nacional Alfredo Zavala; ambos crímenes ocurrieron en 1985.
El pasado 9 de agosto, el capo fue puesto en libertad luego de que un Juez del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la entidad determinó que los delitos debieron ser castigados por la justicia del fuero común y no federal.
Por mayoría de cuatro votos en favor y uno en contra, la Primera Sala del máximo tribunal revocó el amparo solicitado por el capo de Guadalajara, debido a que la sentencia del Tribunal Colegiado no fue adecuada.
Ello, fundamentado en que los tratados internacionales, de los cuales México es parte, advierten que Enrique Camarena, en su carácter de agente de la DEA, era una persona internacionalmente protegida, pues incluso había sido reconocida oficialmente por el gobierno nacional y por EU como agente intergubernamental. Por ello, los jueces federales sí eran competentes para resolver en torno a los delitos cometidos en su contra.
Al respecto, el ministro José Ramón Cossío, el único que votó en contra de la propuesta, argumentó que el tema no se trataba de una impugnación relacionada con la constitucionalidad y licitud o existencia de material probatorio con su valoración. “Estamos frente a una discusión sobre la confirmación o revocación de una sentencia que concede un amparo por falta de competencia de la autoridad federal que conoció del proceso penal.
“Estoy en contra del proyecto y por conformar la sentencia del Tribunal Colegiado, ya que no puedo aceptar la propuesta de que funcionarios de una agencia gubernamental extranjera, que tiene jurisdicción sobre el territorio de los Estados Unidos, deban ser considerados como personas internacionalmente protegidas, cuando los mismos realizan funciones en territorio nacional”.
Por otro lado, la Primera Sala resolvió también que los jueces federales eran competentes para conocer los delitos cometidos en contra de Alfredo Zavala Avelar, pues era un servidor público federal en funciones cuando ocurrió el homicidio.
El máximo tribunal ordenó que se regresara el expediente al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal, para dictar una nueva sentencia con base en la resolución de la SCJN.
En la sesión de la Primera Sala del Máximo Tribunal, celebrada ayer miércoles, debatieron el proyecto los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Arturo Zaldívar y la ministra Olga Sánchez Cordero. En la discusión estuvo presente personal de la Procuraduría General de la República y de la Embajada de Estados Unidos en México.
Caro Quintero está acusado ante una Corte Federal de Distrito de California por graves delitos federales y es considerado en EU prófugo de la justicia.
FÉLIX GALLARDO
Otro fundador del cártel de Guadalajara, Miguel Ángel Félix Gallardo, permanecerá recluido en un penal de máxima seguridad, determinó la SCJN, al declarar infundado un recurso de inconformidad sobre el acuerdo del 23 de julio del 2013, dictado por el Tribunal Unitario del Tercer Circuito, dentro de los autos del juicio de amparo con expediente 15/2012. La resolución de este Tribunal impide el traslado de este narcotraficante, conocido como El Padrino o Zar de la cocaína, a otra prisión de menor seguridad.

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