El Consejo General del IEEM
aprobó la inclusión de sobrenombres como se conoce al candidato en las boletas
electorales.
En Sesión Extraordinaria, el
Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó la
inclusión de sobrenombres como se conoce al candidato en las boletas
electorales correspondientes para el proceso electoral 2017-2018.
En un comunicado, el organismo
señaló que el sobrenombre aparecerá después del nombre y apellidos del
candidato, los cuales fueron solicitados por los partidos políticos respecto de
la elección de diputaciones locales de mayoría relativa e integrantes de
ayuntamientos.
Además, se acordó que los
sobrenombres sólo se incluirían al candidato propietario de la diputación
respectiva y a quien encabeza la planilla del ayuntamiento.
El acuerdo también refiere el
artículo 290 del Código Electoral del Estado de México, que señala que no habrá
modificación a las boletas, en el caso de inclusión de sobrenombres de uno o
más candidatos, si éstas ya estuvieren impresas.
Se indicó que los sobrenombres
deben ser expresiones razonables y pertinentes que no constituyan propaganda
electoral, no conduzcan a confundir al electorado, ni vayan en contravención o
detrimento de los principios que rigen la materia electoral, dado que
contribuyen a la plena identificación de los candidatos, por parte del
electorado.

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Atentamente
La Coordinaciòn General