Toluca, México, 9 de febrero
de 2016.- Por la privación de la libertad de manera arbitraria en contra un
ciudadano, quien no fue puesto a disposición de las autoridades competentes y
además, fue objeto de golpes que le causaron lesiones, la Comisión de Derechos
Humanos del Estado de México emitió la recomendación 01/2016 al presidente
municipal de Huehuetoca.
De acuerdo a la investigación,
policías municipales incurrieron en la violación de los derechos a la libertad
personal, a la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal del
agraviado.
En el análisis de los informes
remitidos, se advirtió que los elementos municipales detuvieron al ciudadano
bajo el solo argumento de actitud sospechosa que mostró al percatarse de la
presencia policiaca, sin embargo, no se acreditó ninguna infracción
administrativa ni lo remitieron ante la representación social debido a que no
había incurrido en conducta delictiva ni
tampoco se tenía parte acusadora, por lo cual fue dejado en libertad.
Se estableció que los uniformados
de Huehuetoca no observaron los parámetros legales de actuación, al momento de
afectar el derecho humano de la libertad personal, pues la policía no tiene
facultades para detener a una persona por la simple sospecha o el supuesto
nerviosismo de alguien.
En el documento recomendatorio
se establece que la intervención policial adoleció de legalidad, además, los
policías no consideraron el principio de presunción de inocencia, sino sólo
procedieron a la privación de la libertad de forma arbitraria, con abuso de la
fuerza y violencia.
Otra situación que se observó,
fue el grado de violencia desmedido al que fue sometido el ciudadano, ya que de
acuerdo a las comparecencias de testigos presenciales, los policías le
infligieron golpes que le causaron lesiones, lo cual desestima el dicho, de que
el quejoso se tropezó al tratar de huir, como lo asentaron en el informe
remitido a la autoridad.
En ese sentido, la Codhem
determinó que el titular de la dirección de seguridad pública y vialidad
municipal de Huehuetoca debe otorgar una disculpa institucional por escrito,
que incluya el reconocimiento de los hechos y la aceptación de
responsabilidades por los actos documentado; además recomendó la suspensión
temporal en el servicio de seguridad pública de los policías municipales hasta
que sean sometidos a una nueva evaluación en el Centro de Control de Confianza
del Estado de México o un órgano competente.
Como medida de satisfacción
relacionada con la dignificación de los hechos que afectaron a la víctima, debe
remitirse copia certificada de la recomendación para integrarla y dar
seguimiento a la carpeta de investigación; impulsar el debido procedimiento,
referente al principio de inmediatez de la puesta a disposición y como medida
de no repetición, se debe realizar capacitación en materia de derechos humanos.
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