martes, 19 de febrero de 2013

DIPUTADOS MEXIQUENSES APRUEBAN ESPIONAJE TELEFONICO

TOLUCA, Méx.— El pleno del Congreso local aprobó la iniciativa de reformas a la ley para dotar de mayores atribuciones a la procuraduría y policía estatales, las cuales podrán realizar “espionaje telefónico” —previo autorización de un juez federal—, intervenir correos electrónicos, tener operaciones encubiertas y testigos protegidos o sin identidad pública, en las investigaciones o para fincar cargos a terceros.
 
Por unanimidad, la iniciativa fue aprobada en lo general, pero en lo particular, legisladores del PT y PRD votaron en contra al advertir el riesgo de que el espionaje, tanto telefónico como en lugares privados, pudiera derivar en una violación a garantías individuales, como el derecho a la vida privada y la intimidad que consagra la Carta Magna, la iniciativa del Ejecutivo local.
 
Por la fracción del PRI, Sergio Mancilla, dijo que estas nuevas técnicas de investigación permitirán combatir con mayor efectividad a la delincuencia organizada y en especial da mejores resultados en temas como feminicidios y secuestros y narcomenudeo.
 
Las reformas a los códigos Penal y de Procedimientos Penales locales entrarán en vigor en cuanto el Estado de México lo publique en el “Gaceta de Gobierno”, que se estima será en los próximos días.
Entre las modificaciones destaca la técnica conocida como “entregas vigiladas”, operaciones encubiertas en las cuales investigadores podrán inmiscuirse con grupos delincuenciales; vigilancia electrónica de lugares privados, empleo de informantes, ofrecimiento de recompensas, colaboración con la justicia, extracción de información de archivos electrónicos y aparatos que procesan información y programas de denuncia anónima
 
El diputado Ulises Ramírez Núñez, coordinador del grupo parlamentario del PAN y encargado de leer el dictamen, aseguró que ninguna de estas técnicas quedó bajo la responsabilidad directa del Ministerio Público, ya que la mayoría están bajo control judicial y, en el caso de la intervención telefónica, un juez federal deberá facultar a las autoridades estatales para hacerlo.
 
Así, la intervención telefónica quedó como el único caso en el que se solicitará la autorización de un juez federal, pero el resto de las medidas, como el programa de testigos protegidos u operaciones encubiertas, queda bajo la autorización del procurador o subprocurador.
 
En el país ya existe una ley que permite la intervención telefónica, pero sólo con una orden de un juez. Ramírez Núñez destacó que el personal que participe en estas técnicas deberá estar certificado por el Sistema de Seguridad Nacional y no podrán aplicarse en actividad política, laboral, administrativa y electoral.
 
Dijo que para evitar el “espionaje telefónico”, éste no podrá aplicarse en temas políticos, electorales, familiares y del ámbito civil.

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